Sendero del PENSAR

La diversidad sexo-genérica a lo largo de la historia y actual

El 17 de mayo 2016 en la Ciudad en México se llevó a cabo el foro “Homofobia, Transfobia, Derechos Humanos”, convocado por la CNDH con la participación de una amplia gama de activistas, organizaciones de la sociedad civil e investigadores cuyo trabajo se relaciona con la diversidad sexual y discriminación en México. En el foro se presentaron resultados de varios estudios recientes sobre la situación del colectivo LGBTIQ en el país.

 

Naciones Unidas ha sido sede de luchas por la sexualidad desde la década de los noventa. La conferencia de Beijing de 1995 y la batalla por la aprobación de la resolución sobre orientación sexual3 ante la Comisión de Derechos Humanos en 2003 y 2004 son los antecedentes más remotos. El origen de los debates siempre ha sido el mismo: ¿se deben reconocer los derechos sexuales?, ¿se debe incluir la orientación sexual en los instrumentos internacionales? Antes de 1993 los términos de sexualidad o sexual no estaban presentes en ningún instrumento internacional de derechos humanos, excepto en la Convención de los Derechos del Niño, asociados con la explotación sexual. En el concierto internacional, la sexualidad ha estado relacionada con la reproducción y los derechos de la mujer sobre su propio cuerpo, la familia, el número de hijos o el derecho al matrimonio, pero no así con la libre determinación de la orientación sexual.

 

Orientación sexual de la víctima como circunstancia agravante de delitos, Prohibición de la incitación al odio por orientación sexual y Prohibición de la incitación al odio por orientación sexual.

La orientación sexual hace referencia a cómo las personas orientan su capacidad erótica, afectiva y emocional a personas del mismo sexo hacia ambos sexos. Cuando se trata de dos personas que se identifican como hombres la orientación se denomina homosexual, cuando se trata de dos personas identificadas como mujeres se denomina lesbianismo. Hay personas cuya orientación sexual es tanto hacia hombres como mujeres, a estas personas se les denomina bisexuales.

 

Fueron las lesbianas de los movimiento feministas quienes abrieron el debate sobre los derechos sexuales de personas no heternormadas o personas sexualmente diversas, en el cual diferentes debates versaban sobre los conceptos adecuados para tratar el tema de la sexualidad y el alcance de los derechos humanos con los que debía relacionarse5. Pese a que desde el año 1990 la Organización Mundial de la Salud excluyó la homosexualidad de la Clasificación Internacional de Enfermedades, la disputa en el ámbito de derechos tenía de transfondo la patologización de prácticas no heterosexuales, haciendo más arduo el debate por el reconocimiento de los derechos de estas minorías sexuales. La complejidad del debate estaba puesta también sobre la criminalización de la sexualidad.

Hasta hoy, varios países de las Naciones Unidas penalizan las prácticas homosexuales con leyes contra la sodomía.

Hasta la década de los noventa se visibilizaron en la región grupos y per- sonas en las principales ciudades latinoamericanas, interesados en el debate sobre los derechos sexuales.

Además se impuso la designación de lesbiana, bisexual y gay, se abandonó la categoría homosexual, aparecieron categorías relacionadas con la diversidad sexo-genérica y se empezó a hablar de traves- tis, transexuales e intersexuales.

Estos últimos establecieron las primeras organizaciones autónomas trans en la región, priorizando la necesidad de “poner fin a la violencia transfóbica y el abuso policial, el tratamiento y la prevención del VIH/SIDA, las leyes de identidad de género que permitirían a las personas cambiar su nombre y género en los documentos oficiales, y un mayor acceso a puestos de trabajo, educación y asistencia sanitaria.”En el debate internacional se pugnaba por el reconocimiento de derechos, en los espacios cotidianos empezó a visibilizarse una fragmentación identitaria aso- ciada a estilos de vida no heteronormados.

 

También emergieron experiencias homoeróticas sin que necesariamente les motivaran reclamos o demandas políticas.

El lenguaje sobre diversidad sexual se ha constituido en campo de disputa entre dos tendencias: por un lado, aquella que define la diversidad sexual tomando como punto de partida el binarismo de género “ser hombre y ser mujer” define el ser lesbiana, gay o bisexual.

 

En palabras de Lind y Argüello, estos conceptos “se han convertido en parte del lenguaje normativo adoptado por los activistas de derechos humanos y las organizaciones internacionales”; por otro lado está la postura queer, que “implica un desafío a la división gay/heterosexual”.

Desde esta perspectiva, más que la normalización interesa la liberalización de las sexualidades. Esta división explica que los activistas de los derechos de los homosexuales presionen por cambios nor- mativos en la legislación y la política (por ejemplo, la legislación contra la discriminación o las leyes nacionales de compañeros domésticos), y que por su parte los activistas queer sostengan que estas categorías tienden más a la normalización de la sexualidad que a la liberación de todas las sexualidades.

La emancipación y el reconocimiento de las minorías sexuales han tenido lugar en medio de la discriminación, homofobia y violencia, pese a que el machismo y el conservadurismo religioso lentamente comienzan a transformarse para dar lugar al reconocimiento de estas minorías como sujetas de derechos. (Ricardo Hernández Forcada Ailsa Winton, Diversidad sexual, discriminacion y violencia: Desafíos para los derechos humanos en México, 2019)

2. diversidad sexual, discriminacion y violenciacNDH

 

La identidad como clave en el ejercicio de los Derechos humanos

Vivir con dignidad, respeto y libertad son derechos fundamentales de todas las personas, sin embargo las personas trans casi nunca pueden vivir de esta manera; la razón: cuestionar los esquemas impuestos por la sociedad de lo que debe ser un hombre o una mujer.

Ser una persona trans o tener una identidad de género que sea diferente a la del sexo biológico no es una enfermedad, es una condición humana con la que ellas y ellos nacen. El sexólogo Juan Luis Álvarez Gayou afirma que estudios recientes han mostrado que la identidad de género se establece antes de los 12 meses de edad, por lo que “las personas trans no son responsables, como tampoco lo son sus padres, ni sus familias, por su condición”. Las personas trans se enfrentan desde muy temprana edad al rechazo y la discriminación en todos los sectores. Sus familias difícilmente les comprenden, en la mayoría de las escuelas se les excluye propiciando que sean muy pocos y pocas quienes concluyan un nivel universitario, incluso aún con profesión muchas empresas no les contrata.

Otra gran dificultad que enfrentan es la posibilidad de contar con documentos oficiales que tengan concordancia con el nombre y la identidad del género con el cual se identifican y que han asumido. La falta de dichos documentos les excluye aún más de oportunidades y derechos. Es por ello menester, impulsar que los servicios de salud desarrollen programas asertivos con base en las necesidades de las personas trans, para que sientan confianza y se acerquen a recibir la atención necesaria. (Guía y directorio para personas trans mexicanas, 2017)

 

Es increíble ver como ni el Consejo Nacional de Población (Conapo), el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), la Fiscalía de Guanajuato, el Gobierno del Estado, ni el Ayuntamiento de Guanajuato (o cualquier otro), así como alguna organización gubernamental, posee información estadística o de registro puntual sobre la población de mujeres de género o habitantes con alguna identidad distinta a la binaria, que habitan en la entidad; y lo que es peor, en el momento de que las dependencias deben presentar mecanismos de solución de conflictos ante episodios de violencia machista como la “Alerta de Violencia de Género”, ninguna verifica las cifras de ataques causados por el machismo, ignorando así su existencia.

 

Tristemente la palabra transexual, transgénero, o travesti, es constantemente ocultada. Y mientras no exista un reconocimiento por parte de los organismos encargados de garantizar sus derechos, el problema irá en aumento, ha advertido la especialista en combatir la violencia machista, Guadalupe Ramos Ponce ,del Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM).

 “No es una meta para las mujeres transgénero modificar los genitales, lo que en verdad es una meta es ser aceptadas, vistas y tratadas con el género al cual pertenecen, con la identidad de género que tienen, eso es fundamental”

 

El derecho a la identidad es un derecho humano reconocido en diversos instrumentos internacionales; no obstante, en nuestro país fue hasta hace pocos años, que el concepto de identidad se plasmó en nuestra Constitución Política

El derecho a la identidad es un derecho humano reconocido en diversos instrumentos internacionales; no obstante, en nuestro país fue hasta hace pocos años, que el concepto de identidad se plasmó como derecho humano reconocido en nuestra Constitución Política, estableciéndose desde entonces con claridad, que toda persona tiene derecho a la identidad y a ser registrado gratuitamente de manera inmediata a su nacimiento y señala la obligación del estado mexicano de garantizar el cumplimiento de estos derechos.

El derecho al nombre propio, a la personalidad jurídica, a la nacionalidad y por ende a la identidad, constituye el derecho primigenio que se convierte de manera automática en la llave de acceso a otros derechos esenciales como el derecho a la salud, a la educación, a la protección y a la inclusión en la vida económica, cultural y política del país para cualquier persona.

 

A pesar de lo fundamental de este derecho, el gobierno mexicano no lo ha garantizado plenamente, lo que ha ocasionado incluso que, en los últimos años, instituciones creadas para fines distintos al de acreditar la identidad, hayan asumido esta función, que por ley corresponde a la Secretaría de Gobernación.

El derecho a la identidad como todo derecho humano, es universal, no puede tener caducidad, es único, irrenunciable, intransferible e indivisible.

 

A la fecha, México no cuenta con una base de datos que vincule la identidad jurídica y biométrica de toda la población, lo que impide brindar un servicio de identidad y de identificación como lo demanda nuestra sociedad y lo mandata la Constitución, lo cual facilita el robo de identidad, el fraude y la inseguridad.

El garantizar el derecho a la identidad es una tarea de Estado. En ella debemos participar todos, el gobierno, sociedad civil, entidades financieras y por supuesto la población; con todos hemos hablado y todos están, dispuestos a colaborar para lograrlo. (Archivos de derecho a la identidad, Gobierno de México, 2018)

 

Discriminación y sus efectos Transfobia, Bifobia, Lesbofobia.

El término transfobia hace referencia al odio o aversión profunda hacia las personas que, de diversa manera, ejercen una identidad de género diferente a la asignada socialmente, es decir, odio o aversión a las personas “trans”.

El término bifobia hace referencia al odio o aversión profunda hacia las personas que tienen preferencias sexuales hacia ambos géneros, es decir odio o aversión a las personas “bisexuales”.

El término lesbofobia hace referencia al odio o aversión profunda hacia las mujeres cuyas preferencias sexuales se orientan hacia su mismo género, es decir odio o aversión a las “lesbianas”.

 

Trans ha comenzado a usarse como término genérico que sirve para referirse a las diversas formas que puede tomar la experiencia, expresión y/o identidad de género de las personas (Gómez, s. f.). El término trans se utiliza para describir a aquellas personas que se identifican con un género diferente al género que les asignaron al nacer. La palabra trans abarca múltiples subcategorías que cada vez están más visibles en nuestro día a día, como pueden ser las expresiones transexual, transgénero, travestido, travesti, etc.

 

La transfobia se puede manifestar de múltiples y variadas formas:

  • Creencias y actitudes negativas hacia personas trans, por ejemplo, expresiones como “las personas trans están mal de la cabeza o tienen una enfermedad mental.”
  • Aversión y prejuicios hacia las personas trans, de tipo “las mujeres trans son hombres disfrazados”.
  • Falta de aceptación y negativa al uso de pronombres con los que se identifica la persona trans, por ejemplo, cuando una mujer trans pide que se le trate con pronombres femeninos y el entorno se niega.
  • Insultos o lenguaje despectivo.
  • Discriminación y aislamiento.
  • Intimidación, abuso, violencia…

Todas estas formas de transfobia tienen consecuencias verdaderamente dramáticas en la vida de las personas trans, causando un gran impacto en su estado emocional.

 

“Es esencial que creemos espacios seguros para poblaciones LGBTI de forma que no se sientan forzados a  ocultar su orientación sexual o identidad de género para estar protegidos”

Filippo Grandi

Alto Comisionado de la ONU, 2019

 

La Organización de las Naciones Unidas (ONU) en el año 2004, proclamó el 17 de mayo como el Día Internacional contra la Homofobia, Transfobia y la Biofobia, en conmemoración del día en que se eliminó la homosexualidad de la clasificación internacional de enfermedades mentales por la Asamblea General de la Organización Mundial de la Salud (OMS) 14 años antes (1990)

 

Es indispensable tener en cuenta que, las personas homosexuales, bisexuales, transgénero o intersexuales (LGBTTI) son víctimas de acoso, tortura, detenciones arbitrarias e incluso de asesinato en todo el mundo, a menudo con total impunidad. La homosexualidad sigue siendo un delito o un crimen en más de 70 Estados y se castiga con la pena de muerte en, dentro de poco, 11 de ellos. En algunos países, la homosexualidad y la transexualidad aún son consideradas enfermedades .

 

El Día Internacional de la lucha contra la Homofobia, la Transfobia y la Bifobía es la expresión de respeto de una sociedad, en la que se acepta la diversidad y se reconocen los derechos de las personas independientemente de su orientación sexual e identidad de género, creando un ambiente de respeto hacia las personas LGTTBI

 

Durante las últimas décadas, la justicia y la protección de las personas LGBTTI han tenido un importante avance en todo el mundo. Por ejemplo, el año pasado, la Corte Suprema de la India declaró unánimemente la legalidad de todo tipo de relaciones sexuales consentidas entre personas adultas, lo que, de forma efectiva, despenalizó las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo. Angola derogó la legislación antihomosexualidad y prohibió la discriminación basada en la orientación sexual

 

Por otro lado, en la actualidad el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) presta apoyo a 53 países de todo el mundo para la inclusión y los derechos de las personas LGBTTI mediante una colaboración estrecha con los gobiernos y las organizaciones de la sociedad civil, así como con nuestros socios en el sector privado y en el mundo académico. La labor del PNUD en esta materia se sustenta sobre dos ejes fundamentales, como son la necesidad de ampliar nuestros horizontes y de buscar soluciones concretas (Aesthesis Psicólogos Madrid, Transfobia: Consecuencias Sociales y Emocionales , 2020)